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Herencias y testamentos en Canarias: lo que necesitas saber

¿Cómo funciona el derecho de sucesiones en Canarias?

Las herencias son uno de los temas legales que más consultas generan en Tenerife. Cuando fallece un familiar, surgen muchas dudas: ¿hay testamento? ¿Quiénes son los herederos? ¿Cómo se reparten los bienes? ¿Qué impuestos hay que pagar? En Icod de los Vinos, nuestro equipo de abogados acompaña a las familias en todo el proceso sucesorio, resolviendo cada cuestión con claridad y cercanía.

Herencia con testamento vs. herencia sin testamento

Si el fallecido dejó testamento, el reparto de bienes se realizará conforme a su voluntad, respetando siempre los derechos de los herederos forzosos (legítimas). Si no hay testamento, se abre la sucesión intestada, en la que la ley establece quiénes son los herederos y en qué proporción heredan. El orden de sucesión legal es: descendientes, ascendientes, cónyuge y, en último lugar, colaterales hasta el cuarto grado. Nuestros abogados en Tenerife te guían en ambos escenarios.

La legítima: un derecho irrenunciable en vida

En el derecho común español (aplicable en Canarias), la herencia se divide en tres tercios: el tercio de legítima estricta, el tercio de mejora y el tercio de libre disposición. Los herederos forzosos (hijos, cónyuge, padres en su caso) tienen derecho a recibir al menos su legítima, y el testador no puede privarles de ella salvo en casos muy excepcionales de desheredación por causas legalmente tasadas.

Impuesto de Sucesiones en Canarias: ventajas fiscales

Canarias cuenta con una de las fiscalidades más favorables de España en materia de sucesiones. Las bonificaciones autonómicas pueden reducir significativamente el importe a pagar, llegando en muchos casos a una bonificación prácticamente total para herederos directos (hijos, cónyuge, padres). Sin embargo, es imprescindible cumplir con los plazos y requisitos formales para beneficiarse de estas ventajas. El plazo para presentar el impuesto es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable por otros 6 si se solicita a tiempo.

Aceptación y partición de la herencia

Aceptar una herencia puede hacerse de forma pura y simple (asumiendo tanto los bienes como las deudas) o a beneficio de inventario (limitando la responsabilidad al valor de los bienes heredados). Esta segunda opción es muy recomendable cuando existen dudas sobre posibles deudas del fallecido. La partición de la herencia es el acto por el cual se reparten los bienes entre los herederos. Si no hay acuerdo, puede ser necesario acudir a un procedimiento judicial de división de herencia.

Conflictos entre herederos

Lamentablemente, las disputas entre herederos son habituales. Desacuerdos sobre la valoración de los bienes, sobre quién se queda con la vivienda familiar o sobre la gestión de bienes indivisos pueden prolongar el proceso durante años. En Icod de los Vinos, nuestros abogados buscan siempre la solución más ágil, ya sea mediante negociación entre las partes o, si es necesario, mediante la intervención judicial.

¿Puedo renunciar a una herencia?

Sí, la renuncia a la herencia es un derecho reconocido por ley. Se realiza ante notario y es irrevocable. Es una opción a considerar cuando la herencia incluye más deudas que bienes o cuando existen motivos personales para no aceptarla. En Grupo Global CGS, nuestros abogados en Tenerife te asesoramos sobre la conveniencia de aceptar o renunciar según las circunstancias de cada caso.

¿Necesitas asesoramiento legal en Tenerife?

En Grupo Global CGS, nuestro equipo de abogados en Icod de los Vinos y en toda Tenerife está preparado para ayudarte. Ofrecemos atención personalizada, cercana y profesional para resolver tu situación con las máximas garantías.

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